Chediak: Uruguay “está bien posicionado” en materia de combate al lavado de activos

 Chediak: Uruguay “está bien posicionado” en materia de combate al lavado de activos

La Ley de Urgente Consideración (LUC) contiene artículos que modifican la normativa vigente en materia de prevención de lavado de activos. Sobre este tema conversó Informativo Carve del Mediodía con el expresidente de la Suprema Corte de Justicia y actual director de la Secretaría Nacional contra el Lavado de Activos, Jorge Chediak.

Señaló que Uruguay, de acuerdo a la evaluación de 2019, “está bien posicionado” en materia de combate al lavado de activos, ya que, de las cuarenta recomendaciones que hace el Grupo de Acción Financiera Internacional (Gafi), 23 tiene “mayoritariamente cumplidas”,  16 cumplidas, en un caso el país no aplica, mientras que no tiene ninguna en la categoría “no cumplidas o parcialmente cumplidas”, subrayó.

En lo que tiene que ver con la efectividad de la implementación de esas recomendaciones, Uruguay tiene once indicadores en niveles moderados”, lo que indica que en el cumplimiento de la normativa el país tiene que mejorar.

El artículo 220 de la LUC modifica aspectos que tienen que ver con el control de los activos. Introduce la novedad relacionada con las medidas de debida diligencia, que pueden implementar los sujetos obligados para prevenirse de ser utilizados en el lavado de activos y financiamiento del terrorismo.

De acuerdo con el artículo 17 de la Ley Integral Contra el Lavado de Activos, “los sujetos obligados podrán aplicar, en los supuestos y con las condiciones que se determinen reglamentariamente, medidas simplificadas de debida diligencia respecto de aquellos clientes, productos u operaciones que comporten un riesgo reducido de lavado de activos o financiamiento del terrorismo”.

La LUC propone agregar un inciso a este artículo, considerando lo que se denomina legalmente como “una ficción”, ya que la propia ley considera que hay riesgo bajo y habilita a hacer debida diligencia simplificada, en aquellos casos donde la operación se efectué con instrumentos de pago relativos a dinero u otros valores depositados en instituciones financieras supervisadas por el Banco Central del Uruguay (BCU).

De acuerdo con la visión de algunos expertos, como el abogado Leonardo Costa, este cambio aumenta la probabilidad de que se den maniobras de lavado de dinero, a través de operaciones intra sistema financiero, así como facilita los procesos para regular activos “eventualmente ilegítimos”.

En esta línea, Chediak manifestó que “Uruguay es un país que efectivamente no solo tiene un riesgo muy moderado de lavado de activos sino que además hay una efectiva realización muy baja de operaciones de lavado de activos y virtualmente no se han vinculado al financiamiento del terrorismo”.

“El país es bastante sano” en materia de lavado de dinero. “No es un tema de blanco o negro, sino de grises. Es un tema de moderación de la perilla, en el sentido de incorporar un elemento más al análisis de riesgo que cada sujeto obligado tiene que hacer en cada situación concretar”, añadió.

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